Convocatoria de la ayuda para la intensificación de la actividad investigadora

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1. Objeto

El objetivo del programa es favorecer la dimensión multidisciplinar de la actividad investigadora, integrando la investigación orientada a la enfermedad y orientada al paciente con la finalidad de potenciar la investigación traslacional.

El Programa de Intensificación de la actividad investigadora está destinado a  incentivar el incremento de la dedicación a la actividad de investigación, favoreciendo que los facultativos que realizan actividad asistencial puedan dedicarse con mayor intensidad a la investigación en las diferentes líneas de investigación prioritarias para la Fundación mediante liberaciones del 50 % de la actividad asistencial durante una anualidad o equivalente ininterrumpidos.

2. Prioridades

La financiación se enfocará hacía profesionales asistenciales que desarrollen actividades relacionadas con la investigación traslacional.

3. Condiciones de las ayudas

Se convoca 1a ayuda correspondiente a grupos de investigación en la modalidad de Onco-hematología

La duración de esta ayuda será de 12 meses para la liberación del 50% de la actividad asistencial ininterrumpidos, o en este marco, la proporción de la actividad asistencial que se requiera ante situaciones específicas.

La aportación económica que se efectúe por parte de la Fundación CRIS se destinará a la contratación y retribución del personal que asuma la labor asistencial correspondiente al profesional seleccionado que se dedique a la investigación.

Se establece una aportación de 30.000 Euros en concepto de pago de la totalidad de los costes que genere el contrato asistencial de sustitución del facultativo intensificado.

Los requisitos necesarios para concurrir a esta convocatoria o los méritos que se aporten a la misma, se deberán haber obtenido con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Igualmente, el plazo para acreditarlos finalizará con el que se establezca para subsanar la documentación de las solicitudes recibidas.

4. Requisitos de los beneficiarios

Los investigadores objeto de intensificación deberán reunir los siguientes requisitos

Ser personal asistencial con trayectoria científica acreditada y que presten su labor en el hospital.

Estar en posesión del grado de doctor.

Ser investigadores principales  de  proyectos  de  investigación activos  y  poseer producción científica en biomedicina acreditada.

5. Forma y plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes deberán referirse, en todo caso, a acciones que o bien se inicien o pretendan iniciarse en el año al que se refiere la convocatoria o bien habiéndose iniciado en años anteriores, continúan desarrollándose.

En relación a la actividad investigadora:

Curriculum vitae.

Memoria de la actividad científica a desarrollar por el beneficiario de la liberación del tiempo para desarrollar la intensificación de la actividad investigadora. El plazo de presentación de las solicitudes y de la restante documentación requerida será de 20 días naturales a contar a partir el 24 de octubre de 2016. Las solicitudes se remitirán vía correo electrónico cris@criscancer.org

6. Selección del Candidato

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la FUNDACIÓN CRIS aprobará al candidato elegido. La solicitud que resulte adjudicataria de la ayuda será decidida por el Comité Científico de la Fundación CRIS con la única limitación de lo contenido en la presente convocatoria.

La decisión será comunicada a la totalidad de los solicitantes en el plazo de 7 días vía e-mail.

7. Otras normas

En los trabajos publicados como consecuencia de la actividad desarrollada se hará constar expresamente el origen de la financiación. La utilización y difusión de otros resultados de la investigación diferentes a las publicaciones científicas se hará de común acuerdo entre la FUNDACIÓN CRIS y el instituto de investigación adjudicatario de la ayuda.

En el  caso  de  producirse  resultados  de  investigación  susceptibles  de  generar derechos de propiedad industrial y/o intelectual, su titularidad, gestión y explotación pertenecerá a la entidad con la que se establezca la relación contractual.

8. Pago de la Ayuda

La ayuda será abonada a la entidad beneficiaria se realizará en un solo pago, 15 de diciembre 2016 y tendrá la consideración de donativo a institución sin ánimo de lucro.

La presente Convocatoria entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en la web de la Fundación CRIS.